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Registro de Accidentes de Trabajo Calificados en el Sistema Único de trabajo

El Ministerio del Trabajo ha habilitado en la Plataforma del Sistema Único de Trabajo (SUT) el módulo para el Registro de Accidentes de Trabajo Calificados correspondiente al período anterior, el cumplimiento del registro es de carácter obligatorio para los empleadores. 

Esta disposición busca reunir y ordenar la información oficial sobre los accidentes de trabajo que ya han sido previamente calificados por la entidad de seguridad social correspondiente. 

Aspectos relevantes para considerar: 

  • El registro deberá realizarse de manera obligatoria del 1 al 31 de enero de cada año. 
  • Los empleadores deben reportar únicamente los accidentes de trabajo que hayan sido calificados oficialmente. 
  • La calificación del accidente debe haber sido emitida por: 
  • El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) 
  • El Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) 
  • El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) 
  • La información por registrar corresponde exclusivamente al período anterior 

Es importante señalar que el registro en la Plataforma SUT no sustituye ni exime el cumplimiento de la obligación legal de notificar los accidentes de trabajo ante la entidad de seguridad social correspondiente, la cual deberá realizarse dentro de los plazos y conforme a los procedimientos establecidos por cada institución. 

El incumplimiento de esta obligación puede generar consecuencias administrativas y legales para el empleador. 

En tal sentido, recomendamos verificar oportunamente la información de accidentes de trabajo calificados y realizar el registro dentro del plazo establecido, con el fin de evitar sanciones. 

En caso de requerir más información, favor contactar a guillermoc@puenteasociados.com o josuem@puenteasociados.com

Atentamente, 

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Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.

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