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Obligaciones legales noviembre 2025

Atentos a sus necesidades, ponemos en su conocimiento las principales obligaciones de carácter legal que corresponden al mes de noviembre de 2025. 

TRIBUTARIO 

DECLARACIÓN MENSUAL DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) 

  • Las personas naturales y sociedades que presten servicios o realicen transferencias e importaciones de bienes deben declarar el IVA en noviembre correspondiente al mes de octubre. La presentación de la declaración mensual de IVA se realiza de acuerdo con el noveno dígito del RUC: contribuyentes especiales hasta el día 11, sector público hasta el día 20, contribuyentes domiciliados en Galápagos hasta el día 28, y los demás contribuyentes según calendario desde el día 10 de noviembre.  

DECLARACIÓN MENSUAL DE RETENCIONES EN LA FUENTE (IR) 

  • Los agentes de retención deben declarar las retenciones de Impuesto a la Renta en noviembre de las efectuadas durante el mes de octubre. Los plazos de presentación siguen igualmente el noveno dígito del RUC: contribuyentes especiales hasta el 11 de noviembre, sector público hasta el 20, Galápagos hasta el 28, y los demás contribuyentes con fechas escalonadas desde el 10.  

DECLARACIÓN MENSUAL DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS (ISD)  

  • Los sujetos pasivos del ISD (quienes realizan transferencias, envíos o traslados de divisas al exterior, así como sus agentes de retención) deben declarar y pagar el ISD correspondiente al mes anterior. La declaración del ISD del mes de octubre debe presentarse en noviembre, siguiendo el calendario mensual del SRI (fechas de vencimiento del 10 al 28 de noviembre, con las mismas consideraciones para contribuyentes especiales, sector público y Galápagos indicadas previamente). 

DECLARACIÓN MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE) 

  • Las personas naturales y sociedades fabricantes, importadoras o comercializadoras de bienes o servicios gravados con Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) deben presentar mensualmente la declaración de ICE correspondiente. La declaración del ICE del mes de octubre deberá presentarse en noviembre, también siguiendo el cronograma según el noveno dígito del RUC (dígito 1 hasta el 10, 2 hasta el 12, …, 0 hasta el 28 de noviembre), mediante el formulario 105. Adicionalmente, deben presentarse los anexos ICE requeridos con el detalle de operaciones del período. El SRI ha endurecido los controles sobre estas obligaciones, por lo que un retraso o error en la declaración o en el anexo ICE puede acarrear multas de hasta el 1% de la facturación omitida, dependiendo de la gravedad y tiempo de retraso. 

 

PRESENTACIÓN DEL ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS) 

  • Durante el mes de noviembre, las personas naturales y sociedades sujetas a esta obligación (en general, contribuyentes con transacciones gravadas con IVA) deben presentar el Anexo Transaccional Simplificado (ATS) con el detalle de sus compras, ventas, exportaciones, anulaciones y retenciones correspondientes al período de octubre. Este informe se presenta mensualmente vía internet, conforme al calendario del SRI, a partir del día 10 del mes siguiente al periodo reportado (es decir, desde el 10 de noviembre para el ATS de octubre).  

 

EMPRESARIALES- SOCIETARIAS 

CONTRATACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE AUDITORÍA EXTERNA 

  • Las sociedades que, de acuerdo con la normativa vigente, se encuentran obligadas a contratar auditoría externa y que hubieren designado al auditor hasta el 30 de octubre de 2025 deberán cumplir con la notificación formal ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) durante el mes de noviembre. Esta notificación debe realizarse dentro de los treinta días posteriores a la firma del contrato con el auditor externo. La omisión de esta notificación puede acarrear sanciones e impedir que los informes de auditoría sean reconocidos como válidos en procesos posteriores de control. 

LABORALES 

OBLIGACIONES MENSUALES ANTE EL IESS 

  • Todos los empleadores tienen la obligación mensual de declarar y pagar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) los aportes patronales y personales de sus trabajadores. Este proceso debe cumplirse hasta el día 15 de noviembre respecto de las remuneraciones pagadas en el mes anterior, a través del Sistema de Historia Laboral del IESS. El incumplimiento en la declaración oportuna puede generar intereses, multas y restricciones en la obtención de certificados de cumplimiento patronal. 

REGISTRO DE ACTAS DE FINIQUITO 

  • De conformidad con el Acuerdo Ministerial MDT-2025-053, los empleadores están obligados a registrar en el sistema del Ministerio del Trabajo las actas de finiquito dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la terminación de la relación laboral. Esta obligación es continua y aplica cada vez que se produce la desvinculación de un trabajador, por lo que durante octubre y en cualquier otro mes se deberá observar estrictamente este procedimiento. 

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE DISCRIMINACIÓN, VIOLENCIA Y ACOSO LABORAL 

  • De conformidad con el Acuerdo Ministerial MDT-2025-102, exige que los empleadores elaboren o adecuen su protocolo interno y lo registren en la plataforma del Ministerio, hasta el 20 de noviembre del 2025 siempre que superen el umbral de trabajadores aplicable. El Acuerdo regula el contenido mínimo del Protocolo, el procedimiento de registro en el sistema y la obligación de conservar la documentación, y prevé sanciones por incumplimiento. 

REGLAMENTO DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN 

  • A partir de noviembre de 2025 de conformidad con el Acuerdo Ministerial MDT-2025-122, todas las obras de construcción, tanto públicas como privadas, sin importar su tamaño o tipo, deben cumplir con las nuevas disposiciones de este reglamento. Entre las principales obligaciones se incluyen: capacitar a los trabajadores en medidas de seguridad y realizar simulacros de emergencia al menos una vez al año; proveer a todo trabajador de la obra el equipo de protección personal (EPP) y vestimenta de trabajo adecuada; elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales específico para la obra, que debe ser presentado y aprobado por el Ministerio de Trabajo; y obtener una certificación obligatoria en prevención de riesgos laborales para la empresa constructora, requisito indispensable para operar legalmente en el sector. 

PAGO DECIMO TERCERA REMUNERACIÓN A LOS FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA  

  • En noviembre 2025 según el Acuerdo Ministerial MDT-2025-164 corresponde el pago del décimo tercer sueldo (bono navideño), se dispone que las entidades de la Función Ejecutiva paguen el décimo tercero acumulado hasta el 14 de noviembre de 2025; y a quienes lo reciben mensualizado, hasta el 14 de noviembre deben pagarse los valores de noviembre y diciembre. 

MUNICIPALES 

REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR Y MATRICULACIÓN ANUAL 

  • Durante el mes de noviembre de 2025, los vehículos cuya placa termina en 0 deberán cumplir con la revisión técnica vehicular (RTV) y el proceso de matriculación anual en el Distrito Metropolitano de Quito, conforme al cronograma establecido por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). Cabe señalar que, con el nuevo sistema implementado, una vez aprobada la RTV, la matriculación queda registrada automáticamente en el mismo centro, eliminando la necesidad de un trámite adicional en línea.  

Atentamente,

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Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.

 
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